Elevó el ingreso mínimo desde el cual el trabajador o grupo familiar percibirá asignaciones, de $200 a $2816, y redujo los topes de $94.786 a $83.917. Además, ajustó el sistema de pago de aportes patronales y unificó el valor de las asignaciones en todo el país con máximos de $1500, con lo cual reducirá desde septiembre próximo el beneficio para “zonas diferenciales”, como la Patagonia, donde se cobraba el doble.
Asimismo, se reduce el tope de ingresos individual a $ 41.959, con lo cual si un integrante del grupo familiar lo superase, se excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares.
Se aclara que el límite mínimo no será de aplicación a los beneficiarios de la prestación por desempleo, que continuará siendo de $ 200. Los límites no resultan aplicables para la determinación del valor de la Asignación por Maternidad correspondiente a la trabajadora.
El presente Decreto comenzará a regir para las asignaciones familiares que se perciban durante el mes de septiembre de 2018.