Se amplía la posibilidad de presentar la solicitud de inscripción en el R.I.C.E.

Los solicitantes deberán acompañar al formulario de solicitud que corresponda la documentación que en cada caso resulte pertinente según el listado del Anexo III.

Asimismo, los solicitantes podrán presentar la solicitud de inscripción al Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (R.I.C.E), conjuntamente con la solicitud de beneficio para los aportes de inversión en capital realizados por inversores en capital emprendedor. El otorgamiento de dicho beneficio, quedará sujeto a la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa vigente.

Fuente: Resolución 155/2019